Actos de Habla y Concepción Comunicativa en Documentos Jurídicos del SiglO XVII referentes al Traslado de San Miguel de Tucumán
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Esta tesis constituye un estudio pragmalingüístico de 92 actas capitulares del cabildo de San Miguel de Tucumán (Argentina) entre los años 1680 y 1690 en torno al tema del traslado de la ciudad y algunas de sus consecuencias.
El objetivo de este estudio es observar cómo están usados los actos de habla en los textos de la selección de estudio -documentos jurídicos del siglo XVII referentes al traslado de San Miguel de Tucumán-, si su aparición en ellos es obligatoria por exigirlo así el tipo textual o si se debe a estrategias comunicativas. Los actos de habla (cfr. § 3: 2 y 3) se consideran situados en el nivel del enunciado y a partir de allí, según los casos, se ponen en relación los enunciados en contextos más amplios, tal como los distintos tipos textuales y la sucesión de las actas los presentan. Es decir, los actos de habla se estudian en relación con los tipos textuales en los que aparecen y el contexto extratextual (el negocio jurídico) que determinó unos y otros.
Esta investigación se plantea cómo condiciona la perspectiva del locutor la forma lingüística del acto de habla. Se puede partir de la base de que los tipos textuales, su estructuración, sus enunciados formularios e inclusive al menos parte de su léxico, forman parte de un acervo lingüístico previamente existente, conformado ya en la época de la conquista de Canarias (Lüdtke 2002), como mínimo, por lo que es asumible que el objeto de estudio está constituido por tradiciones discursivas tanto a nivel de texto, como del enunciado y del léxico. Éste es un estudio sincrónico descriptivo sobre el uso de la lengua por parte de una comunidad de hablantes de una ciudad colonial de las Indias Occidentales de finales del siglo XVII perteneciente al estrato social alto, políticamente dominante, en situaciones de comunicación que sólo podían darse en ese nivel diastrático.
El objetivo de este estudio es observar cómo están usados los actos de habla en los textos de la selección de estudio -documentos jurídicos del siglo XVII referentes al traslado de San Miguel de Tucumán-, si su aparición en ellos es obligatoria por exigirlo así el tipo textual o si se debe a estrategias comunicativas. Los actos de habla (cfr. § 3: 2 y 3) se consideran situados en el nivel del enunciado y a partir de allí, según los casos, se ponen en relación los enunciados en contextos más amplios, tal como los distintos tipos textuales y la sucesión de las actas los presentan. Es decir, los actos de habla se estudian en relación con los tipos textuales en los que aparecen y el contexto extratextual (el negocio jurídico) que determinó unos y otros.
Esta investigación se plantea cómo condiciona la perspectiva del locutor la forma lingüística del acto de habla. Se puede partir de la base de que los tipos textuales, su estructuración, sus enunciados formularios e inclusive al menos parte de su léxico, forman parte de un acervo lingüístico previamente existente, conformado ya en la época de la conquista de Canarias (Lüdtke 2002), como mínimo, por lo que es asumible que el objeto de estudio está constituido por tradiciones discursivas tanto a nivel de texto, como del enunciado y del léxico. Éste es un estudio sincrónico descriptivo sobre el uso de la lengua por parte de una comunidad de hablantes de una ciudad colonial de las Indias Occidentales de finales del siglo XVII perteneciente al estrato social alto, políticamente dominante, en situaciones de comunicación que sólo podían darse en ese nivel diastrático.
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Heidelberg
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