Pronombres y afijos personales. Estudio con datos de español conversacional

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En español es posible y hasta común que el sujeto no se exprese mediante un constituyente clausular ya que, en ocasiones, la información que aportan las desinencias de número-persona de una forma verbal finita es suficiente para que el destinatario identifique la referencia del sujeto en cuestión. Sin embargo, en ciertos contextos se presentan constituyentes sintácticos que transmiten contenidos muy similares a los de los afijos verbales de número-persona: pronombres personales en función de sujeto. Estos dos hechos —que, por un lado, un constituyente sintáctico explícito, sea innecesario para que las cláusulas de esta lengua sean gramaticales y, por otro, que el contenido de los pronombres personales en función de sujeto coincida en gran parte con los expresados por las desinencias de las formas verbales finitas— supone uno de los problemas clásicos de los estudios lingüísticos del español —se trata ya en la primera edición de la GRAE (1771: 237, 249-250)—. Ante tal problema podrían plantearse al menos dos soluciones: (i) o bien los pronombres personales en función de sujeto son elementos redundantes, o bien (ii) los hablantes los usan para transmitir algo a su destinatario. En general, los trabajos que tocan este aspecto se decantan por la segunda opción.
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Santiago de Compostela